CONVOCATORIA GENERAL 1/2003 PARA LA PROVISION DE 54 PLAZAS DE PUESTOS FIJOS EN LAS PLANTILLAS DEL GRUPO RADIOTELEVISIÓN ESPAÑOLA
Conforme al Real Decreto 215/2003 de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003, RTVE procede a la realización de una convocatoria general para cubrir, según lo previsto en el artículo 35.4 del Estatuto de la Radio y Televisión y de acuerdo a los criterios expuestos en estas bases,20 plazas en Radio Nacional de España S.A., 24 plazas en Televisión Española. S.A y 10 plazas en el E.P. RTVE.
Una Comisión de Seguimiento integrada por representantes de la Dirección y de los Trabajadores tendrá encomendada la más correcta interpretación de estas bases y la coordinación del proceso.
I.- RELACIÓN DE LAS PLAZAS CONVOCADAS
La relación de las plazas convocadas con indicación de categorías y destinos viene detallada en el Anexo I a esta Convocatoria.
II.- DESCRIPCIÓN DE LAS CATEGORÍAS, FORMACIÓN Y TITULACIÓN EXIGIDA
La descripción de las categorías laborales a las que se refiere esta Convocatoria figura en el Convenio Colectivo vigente para el E.P. RTVE y sus sociedades TVE.S.A y RNE.S.A. En el Anexo I de estas bases se expresa la titulación y conocimientos específicos exigidos para poder optar a ellas, conforme a lo estipulado en el apartado III. 4 de las presentes bases.
III.- REQUISITOS GENERALES PARA PODER OPTAR A LAS PLAZAS CONVOCADAS
Podrán optar a las plazas convocadas todas aquellas personas que, aceptando las condiciones establecidas en la presente Convocatoria, reúnan los requisitos expuestos a continuación:
1. Cumplir con la normativa vigente respecto a los requisitos para poder trabajar en España.
2. Tener la mayoría de edad laboral, con los requisitos y garantías establecidos en el Estatuto de los Trabajadores y normativa legal vigente, cumpliéndose dicha edad antes de finalizar el plazo señalado para la entrega de solicitudes.
3. No haber sido separado, como resultado de expediente disciplinario, en el ámbito de las Administraciones Públicas.
4. Poseer y cumplir con la titulación y conocimientos específicos que se exigen para cada categoría y plaza que se encuentran definidos en el Convenio Colectivo vigente y Anexo I a las presentes bases. No obstante, y salvo en los casos reflejados en el anexo I en los que se especifique que resulta imprescindible estar en posesión de una determinada titulación y formación, resulta de aplicación lo dispuesto en el apartado TERCERO del ANEXO 6 del citado Convenio Colectivo que viene a establecer, con las condiciones establecidas en el mismo, que podrá presentarse a esta convocatoria quien acredite una titulación de idéntico o superior nivel académico, así como los conocimientos y la experiencia correspondiente a la categoría y plaza de la que se trate.
A estos efectos, son equivalentes la Formación profesional de grado superior (F.P.II) con el Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) y la formación profesional de grado medio (F.P. I) con la enseñanza General Básica (EGB).
5. Queda excluido y no podrá participar en esta Convocatoria el personal fijo de plantilla de RTVE y de sus Sociedades que hubiera causado baja en dichas entidades voluntariamente, o como consecuencia de la aplicación de Expediente de Regulación de Empleo, o en virtud de despido disciplinario.
6. Igualmente, queda excluido y no podrá participar en esta Convocatoria el personal directivo contratado en el Grupo RTVE.
IV.- SOLICITUDES
A) Forma
1. Ficha de Solicitud, según modelo que se adjunta. Se podrá optar a más de un destino geográfico por categoría y a dos categorías laborales distintas como máximo. En este sentido, el candidato deberá reflejar en la correspondiente solicitud, el orden de preferencia en el que desea que se adjudiquen TODAS las plazas a las que ha optado. Dicho orden se utilizará a los efectos de propuesta y adjudicación de la plaza que corresponda por la puntuación total obtenida para cada categoría y plaza.
2. Fotocopia de las titulaciones oficiales exigidas en cada caso.
3. La documentación y certificaciones necesarias que acrediten y justifiquen los datos expuestos en el modelo de solicitud.
B) Lugar
Toda la información relacionada con este proceso podrá recogerse en el horario de 10 a 14 horas en las direcciones que figuran en el Anexo II. La solicitud, junto a la documentación señalada, deberá enviarse por correo certificado a: Dirección de Planificación y Desarrollo de Recursos Humanos. Despacho 1/024 del Edificio Prado del Rey. 28223 Madrid.
C) Plazo
Las instancias podrán enviarse hasta el día 7 de agosto de 2003.
D) Relación de admitidos y excluidos, reclamaciones y errores de hecho Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y en la fecha que se comunicará oportunamente, se publicará la relación provisional de admitidos y excluidos en los tablones de anuncios de los distintos Centros de Trabajo del Grupo RTVE, así como en la página web: www.rtve.es. Contra la misma, los interesados podrán interponer reclamación por escrito en el plazo de cuatro (4) días hábiles contados a partir de su publicación. Resueltas las reclamaciones, se hará pública en los mismos medios indicados anteriormente, la relación definitiva de admitidos y excluidos contra la cual no procederá recurso alguno.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento del proceso, bien de oficio, bien a instancia del interesado. Igualmente, en la fecha que se comunicará oportunamente, se anunciará también la composición de los tribunales, así como el programa de materias sobre el que se desarrollarán las pruebas de carácter teórico.
V.- TRIBUNALES CALIFICADORES
1) Designación
Los Tribunales Calificadores serán designados por la Dirección Gerencia del Grupo RTVE, a propuesta de la Dirección de Personal correspondiente y teniendo en cuenta las categorías y destinos convocados, el número de aspirantes, la complejidad de las pruebas y circunstancias concurrentes en cada caso.
2) Composición.
Los Tribunales estarán integrados por personal cualificado en cada caso. El 33% de sus miembros serán nombrados a propuesta de la representación de los trabajadores, garantizándose la designación de un representante por cada uno de los sindicatos con representación en el Comité General Intercentros RTVE. Los restantes miembros serán nombrados a propuesta de las respectivas Direcciones de Personal de TVE, RNE y E.P. RTVE. De entre ellos, se elegirá el presidente y un secretario de actas. La composición de los Tribunales se hará pública al menos con diez días de antelación a la fecha de realización de las pruebas teóricas.
3) Abstenciones y Recusaciones
Cuando algún miembro de los Tribunales esté ligado con alguno de los candidatos por vínculos de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, deberá abstenerse de intervenir y, asimismo, los candidatos, en un plazo máximo de cuatro (4) días hábiles desde su publicación, podrán recusarlo ante la Comisión de Seguimiento prevista en el Apartado XII. 5 de esta Convocatoria. En estos casos, dichos miembros serán sustituidos en sus funciones con la designación de nuevos miembros.
4) Competencias y actuaciones
Corresponde a los Tribunales Calificadores, en los que la totalidad de sus miembros tendrán derecho a voz y voto, y con sujeción a la normativa aquí expuesta para la provisión de las plazas convocadas:
a) Establecer, administrar y valorar las pruebas a realizar.
b) Levantar acta de sus sesiones.
c) Proponer la adjudicación de las plazas convocadas. Los Tribunales, en el ejercicio de sus competencias, resolverán todas sus actuaciones por mayoría de votos. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los presentes, siendo válida para la constitución de los mismos la presencia de los dos tercios (2/3) de sus componentes, incluido el Secretario de actas. En caso de igualdad en las votaciones, el voto del Presidente será de calidad.
VI.- SISTEMA DE SELECCIÓN
1.- El sistema que se aplicará para la selección y adjudicación de cada plaza convocada constará de una parte teórica y otra práctica, más la aplicación de las primas especificadas en el punto 2 del apartado VI. SISTEMA DE SELECCIÓN. La parte teórica se valorará sobre 30 puntos y la parte práctica sobre 70 puntos.
a). 1ª Prueba. Prueba Teórica En primer lugar, los candidatos admitidos realizarán una prueba de carácter teórico que versará sobre el temario que se publique para cada plaza.
b). 2ª Prueba. Prueba Práctica Consistirá en la realización de una prueba práctica específica, conforme a las características y requisitos establecidos para cada una de las categorías y plazas convocadas.
Esta prueba práctica la realizarán un número máximo de 40 aspirantes por cada una de las categorías convocadas. Realizarán esta prueba práctica las 40 personas que hayan obtenido mejor puntuación en la parte teórica, más aquellas que pudieran encontrarse entre ellas, después de aplicar las primas especificadas en el punto 2 del apartado VI. Dicho número podrá incrementarse en determinados casos, con el fin de garantizar un mínimo de cuatro aspirantes por cada una de las plazas convocadas.
Para la adjudicación de las plazas de Redactor con dominio de lengua autonómica concreta, será necesario acreditar, a través de las pruebas que determine el Tribunal, el dominio de la lengua que corresponda. La puntuación total de cada candidato corresponderá a la suma de las calificaciones obtenidas en las dos pruebas, con el máximo, por tanto, de 100 puntos, a la que se le acumulará la prima que corresponda por la aplicación de los criterios expuestos en el apartado siguiente. En el plazo máximo de 4 días hábiles a partir de la fecha de publicación de los resultados, los examinados podrán solicitar información sobre la calificación de su propio examen. Asimismo, en las pruebas de carácter teórico, los candidatos podrán solicitar al Tribunal correspondiente cotejo comparativo de exámenes en presencia del interesado.
2.- La puntuación total obtenida por cada candidato, acumulada la parte teórica y la parte práctica, se podrá incrementar en las situaciones expuestas a continuación para el personal que pueda acreditar contratación laboral con RTVE entre el 1 de enero de 1999 y la fecha final de entrega de solicitudes (7 de agosto 2003). En ese caso, se le aplicará la prima total que le resulte más favorable de entre las siguientes:
CARACTERÍSTICAS DEL TIEMPO DE CONTRATACIÓN (días)
CONTRATO 1.) >179 y <365 2.) >364 y <546 3.) >545
A.) Categoría y destino geográfico DISTINTO o categoría distinta y destino geográfico idéntico
A.1) 2% A.2) 3% A.3) 4%
B.) Categoría idéntica y destino geográfico distinto
B.1) 3% B.2) 5% B.3) 7%
C.) Categoría y destino geográfico IDÉNTICO
C.1) 12% C.2) 16% C.3) 20%
El aspirante deberá reflejar en la ficha de solicitud cual de las primas anteriormente descritas debe aplicarse en su proceso de valoración, al cumplir con los requisitos correspondientes.
VII.- DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA
1. Todas las comunicaciones en relación con esta Convocatoria se harán públicas a través de los procedimientos y lugares definidos en el apartado XIII y anexo correspondiente, no haciéndose responsable la empresa de la información verbal o telefónica que puedan recibir los interesados.
2. Los lugares de realización de las pruebas se determinarán teniendo en cuenta las categorías y destinos convocados y demás circunstancias concurrentes en cada caso.
3. El lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio o prueba teórica se hará público al menos con diez (10) días naturales de antelación. La fecha de realización de la prueba práctica se comunicará a través de los citados medios y procedimientos, una vez haya sido publicada la relación definitiva con las puntuaciones obtenidas en la parte teórica.
4. Los candidatos serán convocados mediante llamamiento único publicado en los citados medios y procedimientos. Serán excluidos del proceso quienes no comparezcan a realizar los ejercicios previstos.
5. En cualquier momento del proceso, los Tribunales podrán requerir la identificación de los candidatos. Si durante el proceso selectivo llegase a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la Convocatoria, procederá a su exclusión, previa audiencia del interesado.
VIII.- ADJUDICACIÓN DE PLAZAS
1. Finalizado el proceso de valoración de la prueba práctica, se publicarán los resultados totales obtenidos, contabilizadas las puntuaciones correspondientes a la prueba teórica, prueba práctica y prima correspondiente, si fuera el caso. Respecto de esta relación se podrá alegar por escrito certificado en un plazo de cuatro (4) días hábiles, ante la Dirección de Planificación y Desarrollo de RR.HH. RTVE, despacho 1/025, Edificio Prado del Rey, Radiotelevisión Española, 28223, Pozuelo de Alarcón (Madrid), que la hará llegar al Tribunal correspondiente.
2. El Tribunal podrá declarar desierta una plaza si la puntuación de los candidatos no llega al mínimo exigible, que se ha establecido en 50 puntos obtenidos entre la prueba teórica y prueba práctica. Sin embargo, con carácter previo a que pueda declararse desierta una de las plazas detalladas en el Anexo I a esta Convocatoria, el Tribunal podrá convocar a la realización de una prueba práctica al número que se determine de candidatos que, habiendo obtenido al menos 15 puntos en la parte teórica, no hubiera podido realizar dicha parte práctica por lo dispuesto en el apartado VI. 1. b) de estas bases.
3. Los candidatos elegidos deberán superar un periodo de prueba de tres meses en su nueva categoría y/o situación y podrán ser requeridos para realizar los cursos de formación que se establezcan. Durante este periodo el trabajador que pasara a situación de excedencia voluntaria perderá los derechos que hubiere adquirido en esta Convocatoria.
IX.- PRUEBAS MÉDICAS Y PSICOLÓGICAS
Quien opte a las categorías convocadas vendrá obligado a someterse a las pruebas médicas y psicológicas que se determinen, debiendo superarlas satisfactoriamente para poder ocupar la p laza. En cualquier caso una vez emitidos los informes médicos que, en su caso, condicionen el acceso a una plaza, se informará de los mismos a la Comisión de Seguimiento prevista en esta Convocatoria.
X.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
Los candidatos que resulten seleccionados deberán presentar la documentación original que les sea exigida en un plazo no superior a diez (10) días, contados a partir de la notificación. Se entenderá que renuncia a la misma, quedando anuladas todas las actuaciones, quien en el plazo citado (salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados) no presente la documentación debida. La falsedad en el contenido de los documentos presentados implicará también la nulidad de lo actuado, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar.
XI.- INCORPORACIÓN: PLAZOS Y EFECTOS.
1. La incorporación al puesto de trabajo será comunicada a cada interesado por la Dirección de Personal correspondiente.
2. La incorporación efectiva se efectuará, en todo caso, antes de los tres (3) meses siguientes a la fecha de publicación de la adjudicación de la plaza.
3. Los candidatos que obtengan plaza deberán efectuar su incorporación al puesto de trabajo en el plazo máximo de quince (15) días naturales a contar desde la fecha de recepción de la comunicación por parte de la correspondiente Dirección de Personal. Quien no lo hiciese en dicho plazo (salvo caso de fuerza mayor, debidamente justificado) se entenderá que renuncia a la plaza de forma tácita.
4. Las personas que resulten seleccionadas vendrán obligadas a realizar los cursos de formación y capacitación que RTVE considere necesarios.
5. La fecha de antigüedad en la categoría obtenida será la de su incorporación efectiva al puesto de trabajo.
6. La incorporación al puesto de trabajo estará condicionada al cumplimiento del régimen de incompatibilidades establecido en el artículo 87 del vigente Convenio Colectivo de RTVE y sus Sociedades y demás legislación vigente en este tema.
XII.- NORMAS FINALES
1. Correrán a cargo de los candidatos los gastos derivados de la presentación, realización de las pruebas e incorporación al puesto de trabajo.
2. Las personas que obtengan plaza se incorporarán al puesto de trabajo que determine Radiotelevisión Española, dentro del destino geográfico y categoría obtenida.
3. Los que opten a las plazas de esta Convocatoria asumen plenamente todas y cada una de las normas establecidas en la misma.
4. Los candidatos que superen los 50 puntos totales entre la prueba teórica y laprueba práctica (sin ser computadas a estos efectos las correspondientes primas previstas en la presente Convocatoria) y no hubieran obtenido plaza, pasarán al Banco de Datos de Selección y Contratación.
5. Se establece una Comisión de Seguimiento que solventará aquellas dudas que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de estas bases y que estará formada por aquellos representantes que determine la Dirección y por cuatro representantes de los trabajadores designados por el Comité General Intercentros de RTVE.
6. En lo no previsto específicamente en esta convocatoria, se estará a lo dispuesto en el Convenio Colectivo vigente de RTVE y sus Sociedades y demás normativa aplicable.
XIII.- COMUNICACIONES E INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO.
Toda la información correspondiente a esta Convocatoria estará a disposición de los interesados en los Tablones de Anuncios situados en los edificios que figuran en Anexo II, así como en la dirección electrónica de Internet www.rtve.es
La primera información relacionada con el proceso se hará pública el próximo 29 de septiembre de 2003.
Madrid, 7 de julio de 2003